Reconocimiento médico para Oposición a INSPECTOR DE Policía Nacional
Es una de las pruebas finales de la oposición a Inspector de Policía Nacional. Si llegas hasta aquí, ya queda menos para vestir tu uniforme y formar parte del cuerpo de Inspector de Policía Nacional. Te contamos en qué consiste y cómo podemos ayudarte desde Ofipol, ya que tenemos Servicio Médico-Oftalmológico y acuerdos con diferentes clínicas para ayudarte a solventar aquellos problemas que puedan suponer la exclusión en el proceso selectivo.
¿Qué es el reconocimiento médico de la oposición a Inspector?
El reconocimiento médico para esta oposición está dirigido a comprobar que en el opositor no concurre ninguna de las causas de exclusión a que se refiere el Real Decreto 326/2021 de 11 de mayo de 2021. A las personas aspirantes ya pertenecientes a la Policía Nacional, que se encuentren en situación de servicio activo, se les eximirá de esta prueba.
¿Cómo es el reconocimiento médico a inspector de Policía Nacional?
La calificación será de «apto» o «no apto».
¿Cuándo se realiza el reconocimiento médico en la oposición de Inspector a Policía Nacional?
La prueba de reconocimiento médico se suele realizar el mismo día que la entrevista personal.
Cuadro de exclusiones médicas a Inspector de Policía Nacional
Aquí te explicamos las causas médicas de exclusión, aunque también puedes consultarlas en la convocatoria de la oposición a Inspector de Policía Nacional, que se publica en el B.O.E. Obtener un «no apto» es directamente excluyente, por eso, en Ofipol puedes consultar a nuestro médico y resolver todas tus dudas con antelación.
Motivos generales de exclusión a Policía Nacional
Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas
Procesos que imposibiliten la realización de las pruebas físicas en los plazos prefijados, teniendo en cuenta las normas y disposiciones relativas a la protección de la maternidad, que se establezcan de conformidad con lo dispuesto la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.
Incapacidad para la formación
Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los períodos de formación adecuadamente.
Incapacidad psicofísica
Procesos en los que se prevea que en el futuro serán un motivo de incapacidad psicofísica permanente.
Revisión de las calificaciones
En la revisión de las calificaciones por resultar «no apto» o «no apta » en aplicación de alguno de los apartados de exclusión, la evaluación correspondiente abarcará aquellos del cuadro médico de exclusiones que el órgano médico pericial considere relevante, no estando limitado por las evaluaciones previas o ajenas al mismo, siendo determinantes los resultados de exploración y pruebas complementarias realizadas en el día y hora señalados para dicha prueba.
Patologías médicas
Las patologías que por resultar incompatible con las funciones de la Policía Nacional, y que conforme a la definición del presente cuadro médico de exclusiones sean susceptibles de valoración, serán evaluadas de forma individualizada con informe técnico emitido por la persona asesora médica designada.
Parámetros Biológicos
El índice de masa corporal (IMC)
No sobrepasará 28 ni será inferior a 18. Se podrán aceptar IMC superiores a 28 si objetiva y claramente se deben, no a un aumento de la grasa corporal, sino a un desarrollo muscular marcado, y no presenta patología ni factores de riesgo sobreañadidos. El cálculo del índice de masa corporal se efectuará aplicando la siguiente fórmula: IMC = P/T², donde P es el peso de la persona aspirante desnuda en kilogramos y T la talla en metros.
Alteraciones de la tensión arterial
La tensión arterial será eliminatoria a partir de 140 mm Hg de sistólica y/o 90 de diastólica. La toma se realizará, si fuera necesario, y para descartar en lo posible el componente emocional o de «bata blanca», una segunda vez, y tras reposo horizontal de diez minutos.
Enfermedades y causas generales
Anomalías genéticas
Anomalías genéticas, congénitas o adquiridas que en opinión de la persona asesora especialista puedan menoscabar en el momento del examen o, previsiblemente en el futuro, la eficacia en la ejecución de las misiones encomendadas o alterar la salud del examinado.
Procesos endocrinometabólicos
Procesos endocrinometabólicos que produzcan alteraciones morfológicas o funcionales de importancia pronóstica o que requieran terapia sustitutiva continua que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
Procesos y enfermedades infecciosas y parasitarias
Procesos y enfermedades infecciosas y parasitarias que, por la presencia de trastornos funcionales, por exigir un tratamiento continuo o por su contagiosidad menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluadas de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
Procesos inmunoalérgicos
Procesos inmunoalérgicos, de importancia pronóstica y funcional que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
Procesos reumáticos
Procesos reumáticos que originen trastornos funcionales.
Tumores malignos y lesiones precancerosas
Tumores malignos y lesiones precancerosas en cualquier localización y estadio, y los tumores benignos que por su tamaño o localización menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
Intoxicaciones crónicas
Intoxicaciones crónicas que determinen trastornos anatómicos o funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
Utilización de cualquier tipo de medicación o droga
Utilización de cualquier tipo de medicación o droga que pueda disminuir la capacidad de reacción del examinado o que funcionalmente menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
Neurología y Psiquiatría
Cubiertas membranosas y óseas
Cubiertas membranosas y óseas, y del sistema vascular, que produzcan alteraciones motoras o sensitivas, que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
Enfermedades crónicas sistematizadas
Enfermedades crónicas sistematizadas, difusas o en focos, y lesiones de cualquier parte del sistema nervioso central o periférico, o de las meninges, que originen trastornos motores o sensitivos.
Lesiones traumáticas craneoencefálicas
Lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales o que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
Epilepsia en todas sus formas
Crisis de actividad comicial (como los llamados equivalentes epilépticos y otras) con hallazgos electroencefalográficos significativos.
Movimientos anormales uni o bilaterales
Movimientos anormales uni o bilaterales, generalizados o no.
Síndromes neurológicos
Síndromes neurológicos que cursen con afectación de las funciones corticales.
Enfermedades metabólicas
Enfermedades metabólicas, carenciales, por tóxicos, fármacos y drogas que produzcan alteraciones de los sistemas nerviosos central y periférico.
Paresia, hemiparesia
Paresia, hemiparesia en cualquier localización, aguda o crónica.
Trastornos mentales orgánicos
Trastornos mentales orgánicos.
Trastornos mentales y del comportamiento relacionados con el consumo de tóxicos
Trastornos mentales y del comportamiento relacionados con el consumo de tóxicos (drogas, psicotropos y/o alcohol), al igual que la evidencia de abuso de los mismos o su detección analítica en el reconocimiento.
Trastornos psicóticos
Trastornos psicóticos en todas sus expresiones, incluidos los existentes en los antecedentes, aun cuando no exista producción clínica.
Trastornos del estado de ánimo
Trastornos psicóticos en todas sus expresiones, incluidos los existentes en los antecedentes, aun cuando no exista producción clínica.
Trastornos de ansiedad, trastornos adaptativos...
Trastornos de ansiedad, trastornos adaptativos, trastornos relacionados con factores estresantes y trastornos somatomorfos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o adaptación al medio policial.
Trastornos del comportamiento asociados a disfunciones fisiológicas
Trastornos del comportamiento asociados a disfunciones fisiológicas y/o a factores somáticos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
Trastornos de la personalidad y del comportamiento
Trastornos de la personalidad y del comportamiento, así como rasgos de personalidad alterados, que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
Déficits intelectivos
Déficits intelectivos (tomando como referencia un cociente intelectual inferior a 90) y/o alteraciones cognitivas que afecten al funcionamiento conceptual, emocional, ejecutivo y/o social, o que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
Trastornos del desarrollo mental, del comportamiento y de las emociones
Trastornos del desarrollo mental, del comportamiento y de las emociones de comienzo habitual en la etapa infanto-juvenil con persistencia en la edad adulta, y que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación a las mismas.
Trastornos del control de los impulsos
Trastornos del control de los impulsos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales o su adaptación al medio policial.
Aquellos otros trastornos mentales y de la conducta...
Aquellos otros trastornos mentales y de la conducta que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, orden público y práctica policial.
Piel y tejido celular subcutáneo
Dermatosis extensas y generalizadas
Dermatosis extensas y generalizadas de la piel o cuero cabelludo de tendencia crónica o recidivante, o aquellas que por su localización, extensión o estado clínico interfieran con las actividades policiales o con el uso de la uniformidad o dotación profesional que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
Dermopatías contagiosas
Dermopatías contagiosas.
Afecciones y cicatrices localizadas
Afecciones y cicatrices localizadas que afecten a la movilidad o impidan el uso del equipo reglamentario.
Úlceras inveteradas
Úlceras inveteradas o con tendencia recidivante.
Aparato digestivo
Afecciones congénitas o adquiridas
Afecciones congénitas o adquiridas de los órganos de la boca o faringe que trastornen la deglución de modo permanente.
Cualquier alteración de los maxilares y del aparato dentario
Cualquier alteración de los maxilares y del aparato dentario en número, con grado o deformidad, que produzca una incorrecta implantación dentaria que pueda constituir un obstáculo en la masticación.
Afecciones y cicatrices localizadas
Afecciones y cicatrices localizadas que afecten a la movilidad o impidan el uso del equipo reglamentario.
Sialorrea y fístulas salivares permanentes
Sialorrea y fístulas salivares permanentes.
Afecciones del esófago
Afecciones del esófago que cursen con disfagia.
Afecciones de estómago, intestino y peritoneo
Afecciones de estómago, intestino y peritoneo con trastornos orgánicos o funcionales, excepto la enfermedad celiaca.
Afecciones del recto y ano
Afecciones del recto y ano que ocasionen retención, incontinencia o cualquier otra alteración que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
Secuelas postquirúrgicas con trastornos
Secuelas postquirúrgicas con trastornos que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
Alteraciones de la pared abdominal
Alteraciones de la pared abdominal incompatibles con la actividad física. Hernias de cualquier tipo y localización, incluso las pequeñas y reducibles.
Fístulas perineales
Fístulas perineales, incluida la sacrocoxígea.
Hepatopatías agudas o crónicas
Hepatopatías agudas o crónicas comprobadas mediante analítica-bioquímica. Pancreatitis aguda o crónica.
Esplenectomía
Esplenectomía.
Trastornos funcionales digestivos
Trastornos funcionales digestivos incompatibles con el servicio.
Cardiología y vascular
Afecciones congénitas o adquiridas
Alteraciones congénitas o adquiridas del corazón, mediastino, arterias o venas, o secuelas de las mismas, que alteren o puedan alterar en su evolución la normalidad funcional del aparato cardiocirculatorio.
Antecedentes de síncope recidivante.
Antecedentes de síncope recidivante.
Enfermedades valvulares
Enfermedades valvulares.
Síndrome de preexcitación
Síndrome de preexcitación y todos los trastornos del ritmo y la conducción de importancia clínica.
Cardiopatía isquémica
Cardiopatía isquémica en cualquiera de sus manifestaciones.
Insuficiencia cardiaca
Insuficiencia cardiaca de cualquier etiología.
Miocardiopatías
Miocardiopatías. Enfermedades del pericardio en fase aguda, recidivantes o que presenten secuelas crónicas.
Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares
Portadores de marcapasos, prótesis o injertos cardiovasculares.
Enfermedades de los grandes vasos y fístulas arteriovenosas
Enfermedades de los grandes vasos y fístulas arteriovenosas incluso tras corrección quirúrgica.
Arteriopatías periféricas
Arteriopatías periféricas que puedan producir trastornos funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
Secuelas postflebíticas significativas
Secuelas postflebíticas significativas, varices significativas. Linfedemas importantes.
Aparato respiratorio
Malformaciones o afecciones del aparato respiratorio, mediastino y caja torácica
Que determinen alteraciones morfológicas o funcionales incompatibles con las actividades policiales, entre ellas: insuficiencia respiratoria, trastorno ventilatorio o disnea a medianos esfuerzos.
Enfermedades del intersticio, parénquima y circulación pulmonar
Que determinen alteraciones morfológicas o funcionales que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales.
Enfermedades obstructivas de las vías aéreas.
Asma bronquial persistente.
Enfermedades infecciosas y parasitarias
Del aparato respiratorio y sus secuelas. Lesiones residuales tuberculosas que, por su tamaño, número o situación alteren la capacidad respiratoria o hagan presumible su reactivación.
Neoformaciones benignas y malignas
Del aparato respiratorio y sus secuelas. Nódulo pulmonar.
Enfermedades del mediastino
Enfermedades de la pleura, neumotórax y sus secuelas que determinen alteraciones morfológicas o funcionales.
Anomalías y disfunción diafragmática
Que determinen alteraciones morfológicas o funcionales.
Aparato locomotor
Enfermedades, lesiones o anomalías osteomioarticulares
Que puedan impedir o menoscabar la función policial.
Pérdida total o parcial de una extremidad
Pérdida total o parcial de una extremidad.
Alteración anatómica o funcional de una o ambas manos
Alteración anatómica o funcional de una o ambas manos o de las estructuras osteoligamentosas que constituyen la articulación de la muñeca, cuando esto provoque una disminución o alteración de la capacidad de prensión y manipulación. En todo caso la mano dominante debe estar integra anatómicamente y funcionalmente.
Inestabilidad articular
Durante la exploración o incongruencia articular objetivada mediante pruebas de imagen.
Reducción de los rangos fisiológicos de movimiento articular
Reducción de los rangos fisiológicos de movimiento articular.
Desviaciones de la columna vertebral
Comprobadas mediante técnicas de imagen, con cifosis superior a 45º, escoliosis con ángulo de Cobb superior a 15º, hiperlordosis con eje sacro formando con el eje horizontal un ángulo inferior a 45º; o aquellas que presenten alteraciones morfológicas en cuerpos vertebrales, discos intevertebrales o apófisis articulares.
Alteraciones que cursen con hipotrofia o distrofia
Alteraciones que cursen con hipotrofia o distrofia de la musculatura de miembros o tronco.
Intervenciones quirúrgicas
Que alteren significativamente la mecánica osteoarticular y todas aquellas realizadas sobre el aparato locomotor en los 90 días previos a la fecha de reconocimiento médico.
Dismetrías de miembros
Dismetrías de miembros, superiores a 2 centímetros.
Alteraciones morfológicas de uno o ambos pies
Que puedan producir intolerancia al uso del calzado reglamentario o a las actividades con bipedestación prolongada.
En el momento del reconocimiento médico.
Que puedan producir intolerancia al uso del calzado reglamentario o a las actividades con bipedestación prolongada.
Presencia de material de osteosíntesis
Que altere la línea articular o que implique riesgo en el ejercicio de las funciones policiales, así como cualquier tipo de cirugía estabilizadora de columna vertebral.
Valgo o varo de miembros inferiores superior a 20º
Valgo o varo de miembros inferiores superior a 20º o con repercusión articular.
Otorrinolaringología
Afecciones congénitas o adquiridas
Afecciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oído, que perturben la función respiratoria, fonatoria o auditiva.
Rinitis alérgica, simple, atrófica o hipertrófica
Que limite la actividad física. Anosmia y parosmia.
Perforaciones del tabique nasal
Excepto las de origen traumático, mínimas y asintomáticas.
Sinusopatías
Comprobadas mediante radiología simple.
Disfonías permanentes
Que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de la comunicación verbal. La disartria será considerada como causa de exclusión.
Anomalías de la motilidad laríngea
Que provoquen trastornos ventilatorios permanentes.
Enfermedad recurrente del oído medio
Así como las consecutivas a procesos obstructivos tubáricos.
Manifestaciones vertiginosas
Manifestaciones vertiginosas de cualquier etiología.
Afecciones del oído de importancia pronóstica
Afecciones del oído de importancia pronóstica o que perturben la función auditiva por debajo de los mínimos exigidos.
Hipoacusias
Pérdidas auditivas sin corrección por encima de 35 db entre 500 y 3000 Hz y de 45 db a partir de 4000 Hz. Medidos en cada oído de forma individual mediante audiómetro tonal.
Alteraciones anatómicas y fisiológicas
Que supongan un Síndrome de Apnea Obstructiva del Sueño (SAOS o SAHS).
Aparato de la Visión
Afecciones del globo ocular
Afecciones del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lagrimales, sistema motor ocular y cavidad orbitaria, que impida o menoscabe la labor policial.
Pérdida o atrofia de un globo ocular
Pérdida o atrofia de un globo ocular. Cuerpos extraños intraoculares. Cualquier tipo de cirugía intraocular.Téngase en cuenta que se declara la nulidad del inciso destacado del apartado 2 por Sentencia del TS de 16 de febrero de 2023. Ref. BOE-A-2023-6376.
Exoftalmos
Exoftalmos.
Glaucoma
Glaucoma.
Dacriocistitis aguda y crónica
Dacriocistitis aguda y crónica.
Defectos y deformidades palpebrales
Defectos y deformidades palpebrales que afecten la función palpebral implicando la visión o por exposición del globo ocular. Ptosis. Ectropion. Entropion. Blefaroespasmo.
Conjuntivitis crónicas
Conjuntivitis crónicas. Pterigión de marcado desarrollo.
Escleritis y epiescleritis
Escleritis y epiescleritis.
Queratitis. Herpes corneal...
Queratitis. Herpes corneal. Leucomas corneales centrales y periféricos. Estafilomas, distrofias y ectasias corneales congénitas y adquiridas. Queratocono. Trasplante corneal y anillos intraestromales corneales.
Técnicas de corrección refractiva
Se deberá considerar este apartado en función del resultado de la cirugía refractiva corneal, y habiéndose realizado la cirugía al menos 60 días antes del reconocimiento. No se admitirán lentes fáquicas.
Téngase en cuenta que se declara la nulidad del inciso destacado del apartado 10 por Sentencia del TS de 16 de febrero de 2023. Ref. BOE-A-2023-6376.
Uveítis. Iridociclitis
Uveítis. Iridociclitis.
Luxaciones, subluxaciones y ectopias del cristalino.
Luxaciones, subluxaciones y ectopias del cristalino. Cataratas y opacidades que afecten a la visión. Afaquia. Pseudoafaquia.
Alteraciones vitreorretinianas degenerativas
Alteraciones vitreorretinianas degenerativas, inflamatorias, tumorales o traumáticas del fondo de ojo que produzcan trastornos funcionales o sean de mal pronóstico. Cualquier cirugía vitreorretiniana.
Neuritis óptica. Edema papilar. Atrofia óptica
Neuritis óptica. Edema papilar. Atrofia óptica.
Estrabismo. Diplopía. Nistagmus...
Estrabismo. Diplopía. Nistagmus. Heterotropia. Motilidad ocular extrínseca anormal.
Visión cromática
No se admitirán discromatopsias, determinadas mediante las tablas de Ishihara u otros medios diagnósticos.
Defectos en el campo visual
Debido a enfermedades oculares, del sistema nervioso central o traumas.
Agudeza visual lejana
La exigencia de agudeza visual será la siguiente: agudeza visual mínima exigida sin corrección: 0,6 en cada ojo, medición individual.
Aparato urogenital
Nefropatías y cistopatías
Nefropatías y cistopatías, insuficiencia renal aguda o crónica.
Ausencia anatómica o funcional de un riñón.
Ausencia anatómica o funcional de un riñón.
Litiasis con afectación endocrina
Litiasis con afectación endocrina o alteración de la función renal.
Fístulas urinarias. Incontinencia o retención de orina.
Fístulas urinarias. Incontinencia o retención de orina.
Alteraciones analíticas significativas de la orina.
Alteraciones analíticas significativas de la orina.
Epispadias. Hipospadias perineal, escrotal o peneano.
Epispadias. Hipospadias perineal, escrotal o peneano.
Orquitis u orquiepididimitis no tratadas
Orquitis u orquiepididimitis no tratadas, recidivantes o resistentes al tratamiento.
Hidrocele o varicocele
Hidrocele o varicocele de relevancia clínica
Prolapsos genitales
Prolapsos genitales.
Infecciones genitales no tratadas
Infecciones genitales no tratadas, recidivantes o resistentes al tratamiento.
Endometriosis
Endometriosis.
Hipertrofia de mama
Hipertrofia de mama u otra patología mamaria que interfiera con las funciones policiales, la uniformidad o equipación de seguridad policial.
Varicosidades genitales significativas
Varicosidades genitales significativas.
Fístulas rectovaginales y vesicovaginales
Fístulas rectovaginales y vesicovaginales.
Sangre y órganos hematopoyéticos
Afecciones hematológicas
Que limiten las funciones policiales.
Anemias y leucopenias. Trombocitopenias
(Medidos en analítica y sistemático de sangre).
Síndromes mieloproliferativos y mielodisplásicos
Síndromes mieloproliferativos y mielodisplásicos.
Hemoblastosis. Leucosis
Hemoblastosis. Leucosis.
Linfomas. Mielomas
Linfomas. Mielomas.
Trastornos de la hemostasia y coagulación
Trastornos de la hemostasia y coagulación.
Hemoglobinopatías
Hemoglobinopatías con repercusión funcional o importancia pronóstica.
Inmunodeficiencias
Que menoscaben la capacidad para el normal desarrollo de las funciones policiales, evaluados de forma individualizada y con informe emitido por la persona asesora médica designada.
Alteraciones analíticas significativas en sangre
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Preguntas frecuentes
¿Qué normativa regula el reconocimiento médico en la Policía Nacional?
Las normas que regulan el reconocimiento médico en la fase de oposición a Policía Nacional son principalmente las Bases de la convocatoria de cada promoción, el Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, donde se expone la normativa reguladora del ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía y se aprueba el reglamento de los procesos selectivos y de formación del cuerpo nacional de Policía y el cuadro de exclusiones, que es el aprobado por el Real Decreto 326/2021, de 11 de mayo, modificado por la Sentencia de 16 de febrero de 2023.
En el reconocimiento médico a Policía Nacional, ¿se realizan analíticas?
¿Cuál es la estatura mínima para ser Policía Nacional?
El criterio de altura para acceder al Cuerpo de Policía Nacional se modificó en 2022, a través Del Real Decreto 853/2022, de 11 de diciembre. Hasta la entrada en vigor del Real Decreto 853/2022, de 11 de octubre, la estatura mínima para ser Policía Nacional era de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
Este texto elimina el requisito de estatura mínima para hombres y mujeres para el acceso al Cuerpo Nacional de Policía en sus diferentes escalas, aunque los requisitos de altura seguirán existiendo en las especialidades del CNP que lo requieran por cuestiones de operativa policial.