El procedimiento de detención policial es una de las partes del temario que mejor conecta la oposición con la realidad del trabajo policial. No solo por su peso en el examen, sino porque obliga a entender algo esencial: detener a una persona no es un simple trámite, sino una actuación que afecta directamente a un derecho fundamental como la libertad.
Tal y como explica el profesor de Ofipol Pedro Andújar en este vídeo sobre la ISES 10/25, la nueva instrucción sobre el procedimiento integral de la detención policial reúne criterios, garantías y pautas de actuación que todo opositor debería dominar. Y no solo para responder bien en una pregunta teórica, sino para comprender cómo se articula una detención con seguridad jurídica, proporcionalidad y respeto a los derechos de la persona detenida.
Qué aporta la ISES 10/25 al procedimiento de detención policial
Uno de los aspectos más importantes de esta actualización es que reúne en un mismo marco distintos criterios jurídicos y operativos. Esta instrucción integra jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, además de órdenes, instrucciones, circulares y recomendaciones relacionadas con la protección de derechos fundamentales.
Eso convierte a la ISES 10/25 en una referencia especialmente útil para entender cómo se realiza una detención policial desde una perspectiva completa: no solo qué puede hacerse, sino también cómo debe hacerse y qué garantías deben respetarse en todo momento.
Detener implica asumir una responsabilidad integral
Uno de los mensajes en los que más insiste Pedro Andújar en la clase gratuita que puedes ver aquí, es que en el momento en que un agente comunica a una persona que está detenida, asume una responsabilidad directa sobre ella. Esa responsabilidad no se limita a la custodia física. También alcanza a su integridad, su reputación, su patrimonio, su imagen y el tratamiento de sus datos.
Desde ese mismo instante, la persona detenida pasa a estar rodeada de derechos: derecho a abogado, a intérprete, a asistencia médica, a habeas corpus y a otras garantías que deben respetarse durante toda la detención. Por eso, la decisión de privar de libertad a alguien exige seguridad jurídica, criterio y una actuación especialmente rigurosa.
Cómo se realiza una detención policial: uso de la fuerza y principios de actuación

Una de las partes más prácticas del procedimiento tiene que ver con el uso de la fuerza. Aquí Pedro Andújar subraya una idea muy concreta: las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad emplean la fuerza, no la violencia. La violencia la ejerce quien agrede; el agente utiliza la fuerza mínima indispensable para restablecer la normalidad. En este punto aparecen tres principios fundamentales:
- Oportunidad: consiste en valorar si realmente es necesario utilizar la fuerza. Si la situación está controlada y la persona colabora, no tendría sentido recurrir a ella.
- Congruencia: implica elegir el medio adecuado para intervenir en función de la situación y de los recursos disponibles.
- Proporcionalidad: una vez neutralizada la agresión o controlada la situación, la respuesta policial no puede prolongarse más allá de lo necesario.
Además, recordemos que hay algo muy importante tanto para la oposición como para la práctica profesional: el primer recurso no son las manos ni la defensa, sino la palabra. Antes de escalar, se intenta calmar la situación verbalmente. A partir de ahí, el uso de medios debe ser progresivo: manos, defensa, inmovilizador eléctrico, gas homologado y, como último recurso, el arma de fuego, reservada para supuestos de riesgo inminente, serio y grave.
Inmovilización y engrilletamiento

Ahora bien, el agente responsable debe valorar las circunstancias del caso. Esa valoración puede llevar incluso a no emplear grilletes si no son necesarios y si con ello se protege mejor la discreción de la detención o la imagen de la persona. Esa misma lógica se aplica con especial cuidado en casos de menores, mujeres gestantes, personas mayores o personas especialmente vulnerables.
La idea es sencilla: la primera opción puede ser no engrilletar, pero si existe un riesgo para el detenido, para los agentes o para terceros, el engrilletamiento puede realizarse.
Derechos del detenido: información clara y accesible
Si hay un bloque especialmente importante en esta actualización, es el de los derechos del detenido, que deben comunicarse de forma comprensible y adaptada a las circunstancias de cada persona. Eso incluye, si es necesario, el uso de pictogramas, braille, lengua de signos o intérprete.
En la práctica policial, los derechos del detenido suelen leerse en tres momentos:
- En el momento de la detención, de forma verbal.
- Al entrar en dependencias policiales, por escrito.
- Durante la toma de declaración, cuando se vuelven a recordar esos derechos.
La hoja escrita con los derechos del detenido debe quedar a disposición de la persona detenida durante todo el tiempo que dure la detención, para que pueda consultarla cuando lo necesite.
A esto se suman otras garantías, como la posibilidad de asistencia médica, el derecho a intérprete durante toda la detención o la asistencia letrada. En este último caso, si la persona no designa abogado, se le asigna uno de oficio, y ese letrado debe acudir al centro de detención en un plazo máximo de tres horas.
Atestado, elementos esenciales e identificación del detenido
Otro punto que Pedro Andújar explica en profundidad en la clase gratuita es el del atestado y la información que debe facilitarse al detenido y a su abogado. Entre los llamados elementos esenciales figuran cuestiones como el lugar, la fecha y la hora de la detención, el delito imputado, las condiciones en las que se produjo y la documentación incriminatoria relacionada con los hechos.
Junto a eso aparece el plan nacional de identificación del detenido, que permite asegurar la continuidad de la identidad de la persona detenida a lo largo de todo el proceso. Para ello se recogen huellas, fotografía y datos biográficos obligatorios. El objetivo es que no exista duda sobre que la persona detenida en un primer momento es la misma que entra en dependencias policiales, pasa a disposición judicial o, en su caso, ingresa en un centro penitenciario.
La estancia en dependencias policiales y la custodia del detenido
La actualización también presta mucha atención a la estancia del detenido en dependencias policiales, concretamente en el ACUDE, el área de custodia de detenidos. Aquí se regulan aspectos muy concretos: la inscripción en el libro registro, el registro personal, la custodia de pertenencias, la vigilancia, la alimentación, la higiene, la climatización y la asistencia médica.
En la explicación sobre la Actualización del Procedimiento de Detención Policial, Pedro Andújar destaca que el criterio general es una persona por celda, siempre que la capacidad lo permita, y que deben realizarse rondas de vigilancia con una periodicidad mínima. Cuando hay cámaras, esas rondas deben hacerse al menos cada hora; si no las hay, al menos cada 30 minutos. Además, todas esas actuaciones deben quedar reflejadas en el libro de custodia.
Especial atención merecen los supuestos de personas con conductas autolíticas o con mayor vulnerabilidad. En esos casos, la vigilancia debe intensificarse y la custodia adaptarse a sus circunstancias.
Tiempo estrictamente necesario: la idea que no se puede olvidar
Una de las ideas clave con las que conviene quedarse de este bloque es: tiempo estrictamente necesario. Con carácter general, la detención preventiva no puede durar más del tiempo estrictamente necesario y, como máximo, 72 horas. En menores, el máximo es de 24 horas. Y en determinados supuestos vinculados a terrorismo u organización criminal, pueden darse ampliaciones en los términos que marca la propia instrucción y con intervención judicial. Pero incluso en esos casos, la lógica no cambia: la detención nunca debe prolongarse más de lo imprescindible.
Por qué este tema es tan importante para la oposición
Pedro Andújar lo plantea de forma muy clara: esta parte del temario es de las que más acercan al opositor a la realidad policial. Y probablemente ahí esté una de las claves de su importancia.
No se trata solo de memorizar plazos, libros registro o reglas sobre cacheos, rondas y llamadas. Se trata de entender que el procedimiento de detención policial combina técnica, legalidad, seguridad y derechos fundamentales. Por eso es un bloque tan completo y uno de los que suelen caer porque conecta la norma con la práctica y obliga a pensar como futuro policía.
Un procedimiento clave para cualquier futuro policía
La ISES 10/25 ofrece una visión más ordenada, completa y garantista sobre cómo se realiza una detención policial. A través de cuestiones como el uso de la fuerza, la lectura de derechos, la custodia en dependencias policiales, la identificación del detenido o los supuestos especiales, esta actualización ayuda a entender que una detención bien hecha no depende solo de actuar, sino de actuar correctamente.
Para el opositor, dominar este contenido es mucho más que preparar un tema del examen. Es empezar a comprender una de las actuaciones policiales más importantes, delicadas y exigentes de toda la profesión.
En Ofipol trabajamos este tipo de contenidos tal y como se aplican en la práctica policial y como se exigen en el examen. Si quieres preparar la oposición con una metodología clara, actualizada y acompañada por profesionales del cuerpo, puedes conocer nuestros cursos y empezar hoy mismo tu preparación.
